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Exámenes médicos periódicos: qué pide cada norma de la STPS y cada cuánto

Salud ocupacional Publicado 7 min de lectura Equipo técnico de SIISA Consultores
Grupo en un aula practicando primeros auxilios con un participante inmovilizado en una camilla naranja

85 dB(A) de ruido, 1.80 m de altura, cargas de 3 kg o más y tareas que piden más de 1,000 luxes o menos de 100. Esos umbrales, escritos en normas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), deciden qué trabajador necesita exámenes médicos periódicos y cada cuánto, puesto por puesto. SIISA arma ese paquete con un médico aliado en su servicio de salud ocupacional para empresas; el calendario sirve a cualquier planta del país.

¿Los exámenes médicos periódicos son obligatorios?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) obliga al trabajador a someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa (art. 134, fr. X), y pide que ese reglamento fije el "tiempo y forma" de los exámenes médicos "previos o periódicos" (art. 423, fr. VIII). La ley no pone la frecuencia.

Las normas oficiales mexicanas (NOM) de la STPS sí la ponen, para quien está expuesto a ruido, altura, iluminación especial, cargas, agentes químicos o espacios confinados. Lo que vuelve obligatorio un examen periódico es la exposición del puesto a un riesgo que una norma regula. En los demás puestos manda el reglamento interior.

Calendario de exámenes por norma de la STPS

NormaA quiénExamenCada cuántoNumeral
NOM-011-STPS-2001Expuestos a ruido de 85 dB(A) o másExamen médico específico; audiometría según su guíaAnual8.6
NOM-009-STPS-2011Trabajo a más de 1.80 mExamen médicoAl menos cada año5.10 y 14.1
NOM-025-STPS-2008Áreas con iluminación especialAgudeza visual, campimetría y percepción de coloresAnual5.9
NOM-036-1-STPS-2018Cargas de 3 kg o más, más de una vez al díaExamen inicial y seguimiento clínicoAnual, o antes si hay signos9.2
NOM-010-STPS-2014Expuestos a agentes químicosExámenes específicos por actividad e índice biológico de exposiciónAnual, o antes si hay signos12.2
NOM-033-STPS-2015Entrada a un espacio confinadoVisto bueno de aptitud físicaEn cada autorización8.6 y 9.1

Las seis están vigentes (catálogo de normas de la Secretaría de Economía). Las de cargas y químicos incluyen el examen inicial o de ingreso en el mismo programa (9.2 y 12.2); qué pedir al contratar está en la guía de exámenes médicos de ingreso por puesto.

¿Cada cuánto se hace la audiometría por ruido?

La NOM-011-STPS-2001 obliga a practicar exámenes médicos anuales específicos a cada trabajador expuesto a 85 dB(A) o más (numeral 8.6) y a informarle sus resultados (5.7). Su contenido sale de las normas de la Secretaría de Salud o, a falta de ellas, lo determina el médico de empresa. Las áreas de 85 dB(A) o más las identifica el estudio de ruido de la NOM-011.

La audiometría se detalla en su Guía de Referencia I, que la norma declara no obligatoria:

  • Audiograma inicial de referencia para cada trabajador asignado a un área de más de 85 dB(A), tras al menos 14 horas sin exposición a ruido en el centro de trabajo (I.3, inciso a).
  • Audiogramas de verificación cada seis meses desde 85 dB(A) y cada año entre 80 y 85 dB(A) (I.3, inciso b), comparados contra el inicial (I.10).
  • Resultados informados a cada trabajador de manera individual y estrictamente confidencial (I.9).

Una planta que solo cumple la NOM-011 examina cada año; la que adopta su guía repite la audiometría cada seis meses en las áreas de 85 dB(A) o más.

Altura, vista y espacios confinados: aptitud por tarea

La NOM-009-STPS-2011 de trabajo en alturas pide examen médico a quienes realizarán esas tareas (5.10), al menos cada año (14.1), por escrito o en medio electrónico y con el nombre, la firma y la cédula profesional del médico (14.2).

La NOM-025-STPS-2008, la de iluminación en el trabajo, pide exámenes anuales de agudeza visual, campimetría y percepción de colores a quienes trabajan en áreas con iluminación especial (5.9), que define como la de tareas con exigencia visual elevada, de más de 1,000 luxes o menos de 100 (4.8). Sin un estudio de iluminación que marque esas áreas, la planta no sabe a quién le toca el examen visual.

La NOM-033-STPS-2015 de espacios confinados no fija un examen periódico. Cada autorización para entrar a un espacio confinado lleva el visto bueno del médico o del responsable de los trabajos sobre la aptitud física del trabajador (8.6, inciso m), y quien no es apto no entra (9.1, inciso u). Quien usará respirador pasa una evaluación médica (9.4).

Cargas y químicos: vigilancia con médico del trabajo

La NOM-036-1-STPS-2018 aplica a quien maneja cargas de 3 kg o más, más de una vez al día (2 y 2.1). Su programa incluye exámenes iniciales y seguimiento clínico anual, o antes si hay signos de trastorno musculoesquelético, detectables con el Cuestionario Nórdico de Kuorinka (9.2). Lo lleva un médico con conocimientos en medicina del trabajo (9.3), que determina la aptitud física para la carga manual (9.5). Los límites de peso por edad y sexo y el análisis de riesgo están en la guía de manejo manual de cargas.

En San Luis Potosí, 480 de las 683 enfermedades de trabajo de 2025, el 70%, fueron lesiones de hombro, túnel carpiano y tenosinovitis (IMSS, Memoria Estadística 2025, cuadro VII.27). Con ese perfil de enfermedades, conviene que el médico revise hombros y manos en el examen anual de los puestos de ensamble.

La NOM-010-STPS-2014, en vigor desde abril de 2016, pide al personal expuesto a agentes químicos monitoreo biológico conforme a la NOM-047-SSA1-2011 (6.5) y un programa de vigilancia con historia clínica laboral, examen de ingreso y exámenes específicos según la actividad y el índice biológico de exposición, con seguimiento clínico anual (6.8 y 12.2). Lo lleva un médico con conocimientos y experiencia en medicina del trabajo o en los efectos biológicos de las sustancias químicas (12.3).

La norma no nombra la espirometría ni otro estudio: remite a las normas de Salud o de la STPS y, a falta de ellas, a lo que indique el médico. En agentes químicos, la norma fija el ritmo anual y el médico define los estudios de cada sustancia.

¿Quién guarda el expediente y quién ve los resultados?

NormaQué se conservaPlazo
NOM-036-1-STPS-2018Expediente clínico con exámenes y accionesAl menos cinco años (9.4)
NOM-010-STPS-2014Expediente clínico con exámenes y medidas de controlAl menos cinco años desde el último examen (12.4)
NOM-011-STPS-2001Documentación del programa de conservación de la audiciónInformación de los últimos cinco años (8.8.1)
NOM-009-STPS-2011Último examen médicoMientras el trabajador siga en trabajos en altura (14.3)

El expediente clínico es propiedad del prestador de servicios médicos que lo genera y se conserva al menos cinco años desde el último acto médico (NOM-004-SSA3-2012, numeral 5.4). El patrón lleva el registro de los exámenes practicados (NOM-036-1-STPS-2018, 5.6; NOM-010-STPS-2014, 6.11).

El estado de salud es un dato personal sensible (Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, DOF 20/03/2025, art. 2, fr. VI), y tratarlo requiere el consentimiento expreso y por escrito del trabajador (art. 8). Eso pide un aviso de privacidad para los exámenes y un consentimiento firmado por persona. Recursos Humanos recibe el dictamen de aptitud para el puesto, y el expediente clínico se queda con el médico.

¿Cómo armar el paquete anual de exámenes por puesto?

  1. Lista los puestos y sus exposiciones con los estudios de la planta: ruido, iluminación, análisis de riesgo ergonómico (NOM-036-1-STPS-2018, capítulo 7), agentes químicos, trabajo en altura y espacios confinados.
  2. Con esa lista, el médico define los estudios de cada puesto.
  3. Programa cada examen antes de que se cumplan 12 meses del anterior. Una jornada anual por área ordena el calendario; quien ingresa entre jornadas llega con su examen de ingreso.
  4. Recaba los consentimientos y acuerda con el médico el formato del dictamen para Recursos Humanos.
  5. Da seguimiento a los resultados con acciones preventivas y correctivas (NOM-036-1-STPS-2018, 9.2) y medidas de control (NOM-010-STPS-2014, 12.2).

El paquete anual sale de los estudios de la planta, porque son ellos los que dicen quién está expuesto y a qué. Qué normas aplican a cada área se revisa con la guía de normas STPS que aplican a tu planta.

Cómo trabaja SIISA el paquete anual con su médico aliado

SIISA Consultores coordina exámenes médicos de ingreso y periódicos para empresas con un médico aliado con licencia sanitaria, en San Luis Potosí y el Bajío: exámenes anuales, audiometrías, espirometrías, electrocardiogramas y rayos X, armados por puesto. Otro estudio, como el examen visual de la NOM-025-STPS-2008, se confirma al cotizar. Para cotizar basta la lista de puestos, cuántas personas hay en cada uno y a qué están expuestas; SIISA no recibe resultados médicos por formularios web.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se hacen las audiometrías a quien trabaja con ruido?

La NOM-011-STPS-2001 obliga a un examen médico anual específico para cada trabajador expuesto a 85 dB(A) o más (numeral 8.6). Su Guía de Referencia I, que no es obligatoria, recomienda un audiograma inicial con al menos 14 horas sin ruido y audiogramas de verificación cada seis meses desde 85 dB(A) y cada año entre 80 y 85 dB(A).

¿Qué exámenes de la vista pide la NOM-025-STPS-2008?

Agudeza visual, campimetría y percepción de colores, una vez al año, a quienes trabajan en áreas con iluminación especial (numeral 5.9). La norma llama iluminación especial a la de tareas con exigencia visual elevada que requieren más de 1,000 luxes o menos de 100 (numeral 4.8).

¿Qué norma pide espirometría y a qué puestos?

Las normas de la STPS revisadas en esta guía no nombran la espirometría. La NOM-010-STPS-2014 pide exámenes médicos específicos al personal expuesto a agentes químicos, con seguimiento clínico anual, conforme a las normas de Salud o de la STPS y, a falta de ellas, a lo que indique el médico (numeral 12.2). Si un puesto con polvos, humos o vapores la lleva, lo define el médico con el análisis de riesgos.

¿Cuánto tiempo se guardan los expedientes de los exámenes médicos?

Al menos cinco años en manejo manual de cargas (NOM-036-1-STPS-2018, numeral 9.4) y en agentes químicos, contados desde el último examen (NOM-010-STPS-2014, numeral 12.4). El programa de conservación de la audición guarda la información de los últimos cinco años (NOM-011-STPS-2001, 8.8.1), y en trabajo en altura se conserva el último examen mientras el trabajador siga en esas tareas (NOM-009-STPS-2011, 14.3).

¿Quién puede hacer los exámenes médicos periódicos?

Un médico. La NOM-036-1-STPS-2018 pide que tenga conocimientos en medicina del trabajo (numeral 9.3), y la NOM-010-STPS-2014, conocimientos y experiencia en medicina del trabajo o en los efectos biológicos de las sustancias químicas (numeral 12.3). La NOM-009-STPS-2011 pide que cada examen lleve el nombre, la firma y la cédula profesional del médico (numeral 14.2).

Paquete anual de exámenes periódicos por puesto

Con un médico aliado con licencia sanitaria, en San Luis Potosí y el Bajío: armamos el calendario anual de cada puesto según la norma que le aplica. Dinos los puestos, cuántas personas hay en cada uno y a qué están expuestas; no envíes datos de salud en el formulario.

  1. RecibidoTe respondemos en horario de oficina, lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
  2. DiagnósticoConfirmamos norma, número de personas o equipo, fechas y lugar.
  3. CotizaciónRecibes la cotización por escrito, con IVA desglosado.
  4. EvidenciaAl terminar entregamos DC-3, listas y reporte para tu expediente.

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